Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Costa Tranquilidad Sl.

El 16-12-2008, Costa Tranquilidad Sl., en SANTA LUCIA (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35778349. La actividad (principal) de Costa Tranquilidad Sl. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Costa Tranquilidad Sl.
Localidad:
SANTA LUCIA
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35778349
Número de insolvencia:
B35778349
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BENCOMIA 8
35280 SANTA LUCIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-11-2015
A150050245
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000047/2008, seguido a instancias de la Procuradora Dña. María Beatriz de Santiago Cuesta, en nombre y representación de Grúas y Excavaciones Majorero, S.L., Carpintería Espino, S.L., Deilofuert, S.L., Tecno Roysa, S.L., Grúas Fuer, S.L., y Galimar, S.L., contra Costa Tranquilidad, S.L., se ha dictado Auto el día 13/11/2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de Costa Tranquilidad, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda la extinción de la sociedad Costa Tranquilidad, S.L., con CIF nº B-35778349, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Fuerteventura, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC).

Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de noviembre de 2015.- Letrado/a de la Administración de Justicia.

11-02-2010
6132
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

D./D.ª María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Las Palmas.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000047/2008 referente a Costa Tranquilidad S.L., con C.I.F. nº B35778349, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones del presente edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de enero de 2010.- La Secretaria Judicial.

12-03-2009
14696
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Doña María de los Ángeles Lago Alonso, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero uno de Las Palmas.

Por el presente se hace saber que en procedimiento concursal número 47/08, seguido a instancias del Procurador doña Beatriz de Santiago Cuesta en nombre y representación de Grúas y Excavaciones Majorero, S.L., Carpintería Espino, S.L., Galimar, José Varela Maquieria, Grúas Fuer, S.L, Deilofuert, S.L., Juan Santiago García Martín, Roberto Ferreiro Novo y Tecno Roysa, S.L., se ha dictado Auto de declaración de concurso en el día 16 de diciembre de 2008, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:

Se declara el concurso de Costa Tranquilidad, S.L., con CIF número B-35778349 el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Se designan como Administrador del concurso a don Manuel Less Blanco como Abogado.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones acordadas en el Auto, dentro de las que con carácter obligatorio establece el apartado uno del artículo 23.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

María del Carmen de León Jiménez, Magistrado-Juez; María de los Ángeles Lago Alonso, Secretario. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal se expide el presente

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de enero de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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