Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Buyo Calero Arquitectos S.L.

El 09-12-2008, Buyo Calero Arquitectos S.L., en ALICANTE/ALACANT (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54167630. La actividad (principal) de Buyo Calero Arquitectos S.L. es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Buyo Calero Arquitectos S.L.
Localidad:
ALICANTE/ALACANT
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B54167630
Número de insolvencia:
B54167630
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ARZOBISPO LOACES 0
03003 ALICANTE/ALACANT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-11-2012
A120079094
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1, de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en fecha 26 de octubre de 2012 se ha dictado auto de conclusión del concurso de la mercantil "Buyo Calero Arquitectos, S.L." con CIF número B-54167630, con domicilio en la calle Arzobispo Loaces, número 7, 1.º derecha, Alicante que se tramita en este Juzgado con el número 798/08, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de "Buyo Calero Arquitectos, S.L.", el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3. Se acuerda la extinción de "Buyo Calero Arquitectos, S.L.", decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia de Alicante.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 20 de septiembre de 2012.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal.

Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Alicante, 26 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

26-04-2010
14581
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en fecha 23 de febrero de 2010 se ha dictado auto de de fin de la fase común y apertura de la liquidación de la mercantil Buyo Calero Arquitectos, S.L., con CIF B-54167630 que se tramita en este Juzgado con el número 798/08-R cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva

1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo

3.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título 111 de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil Buyo Calero Arquitectos, S.L., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen).

Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC).

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solícitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante Juzgado en el plazo de 5 días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3.

Alicante, 23 de enero de 2010.- El Secretario.

12-06-2009
44281
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23,95 y 96 L.C., se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por los Administradores concursales, proveído por resolución de fecha 6 de mayo de 2009, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 798/08-R y de la concursada Buyo Calero Arquitectos, S.L.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 L y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto.

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 6 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.

18-02-2009
8342
 
  • Auto de declaración de concurso
 

DON VIRGINIO SANCHEZ BARBERAN, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el art. 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Juzgado de lo Mercantil  número 1 de Alicante: Calle Pardo Gimeno,43.

Número de asunto: 798/08-R.

Tipo de Concurso: Abreviado Voluntario.

Entidad instante del concurso y concursado: BUYO CALERO ARQUITECTOS CON CIF 54167630.

Representación y asistencia técnica:Procurador SONIA BUDI BELLOD Y Letrado ALEXIS JOVER HERBERT.

Fecha de presentación de la solicitud: 9 de diciembre de 2008.

Fecha del Auto de de declaración: 22 de diciembre de 2008.

Administrador concursal: DON JOSE VICENTE VERDU GISBERT,  con domicilio sito en 03440 IBI en Calle Constitución nº 7 1º apartado 378 telefóno 966552713, 966552152 y fax 966552713.Asimismo, se designa como cuenta de correo electrónico a los efectos de notificaciones la siguiente: jverdu@icali.es.

Facultades del concurso: Mantienen sus falcultades de disposición.

Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el articulo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación transcendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado  para su examen por los interesados, en horas de audiencia. 

Alicante, 20 de enero de 2009.- El Secretarío.

Informes
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