Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Serigrafia Berriz Sl

El 02-02-2009, Serigrafia Berriz Sl, en BERRIZ (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48812390. La actividad (principal) de Serigrafia Berriz Sl es artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Serigrafia Berriz Sl
Localidad:
BERRIZ
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48812390
Número de insolvencia:
B48812390
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
EITUA INDUSTRIALDEA 0
48240 BERRIZ
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-04-2013
A130018919
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 38/09 en el que figura como concursado Serigrafia Berriz, S.L., se ha dictado el 19/02/13, auto declarando concluso el concurso y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2. Declaro aprobadas las cuentas rendidas por el Administrador Concursal.

3. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

4. Se declara que el deudor Serigrafia Berriz, S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

5. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

6. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La Publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

7. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

9. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución, con devolución de toda la documentación original aportada.

10. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 2195, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso" código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ªª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. Firma del/de la Juez. Firma del/de la Secretario.

Bilbao, 19 de febrero de 2013.- El/La Secretrio Judicial.

14-06-2011
47741
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 38/09 referente al concursado Serigrafia Berriz, S.L., con NIF B48812390, por auto de fecha 17-05-2.011 se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.-Se acuerda reponer a la administración concursal, que se cesó en la sentencia de 05-02-2.010, lo que se comunicará a sus integrantes, quienes en el plazo de 15 días presentarán un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148.

4.-Se ha declarado disuelta la mercantil Serigrafia Berriz, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao, 3 de junio de 2011.- El/La Secretario Judicial.

30-03-2010
19614
 
  • Aprobación del convenio
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 38/09, en el que figura como concursado Serigrafía Berriz, S.L. se ha dictado el 5 de febrero de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Serigrafía Berriz, S.L. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 14 de enero de 2010.

2.-La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoria suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten intereses en su conocimiento.

3.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercanitl en el plazo de cinco dias computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Bilbao, 12 de marzo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

05-11-2009
79576
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal nº 38/09 referente al concursado Serigrafía Berriz, S.L. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 14 de enero de 2010 a la s10.00 horas en la sala 22, planta 0.

2.-Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Bilbao (Bizkaia), 26 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

16-02-2009
8630
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

El juzgado de lo mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) , en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 38/09 , por auto de fecha 2 de febrero de 2.009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor SERIGRAFÍA BERRIZ , Sociedad Limitada , con domicilio en calle polígono EITUA nº 50-2 bajo – 48240 BERRIZ (BIZKAIA) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en BERRIZ (BIZKAIA).

2º .- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio,pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico El Correo.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 ley Concursal).

Bilbao (Bizkaia), 2 de febrero de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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