El 05-01-2021, Persona física, en SAN PEDRO DE ALCANTARA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es 78974601F. La actividad (principal) de Persona física es otros servicios personales.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Localidad:
SAN PEDRO DE ALCANTARA
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
78974601F
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Auto de declaración de concurso voluntario
- Conclusión del concurso
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:
Que en el procedimiento número 970/2020 (NIG 2906742120200030144), por auto de fecha 5 de enero de 2021 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sandra González Ramírez, domicilio en San Pedro de Alcántara (Málaga), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga, a la vez que se ha acordado igualmente la conclusión del concurso al amparo de lo dispuesto en el art. 470 del TRLC.
Málaga, 21 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.