Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Confecciones Noeli Sl

El 08-04-2021, Confecciones Noeli Sl, en TALAVERA DE LA REINA (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. Como síndico se ha designado KPMG ABOGADOS SLP. El número de insolvencia de esta empresa es B45344470. La actividad (principal) de Confecciones Noeli Sl es confección de prendas de vestir.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Confecciones Noeli Sl
Localidad:
TALAVERA DE LA REINA
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B45344470
Número de insolvencia:
B45344470
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CJ :
SANTO DOMINGO 4
45600 TALAVERA DE LA REINA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-05-2021
A210033764
 
  • Rectificatie
  • Cese de los Administradores
 

D. Alfonso José Moreno Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 471/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0005927, se ha dictado Auto resolviendo recurso de reposición y rectificando el error material respecto del Auto de declaración de concurso de fecha 6 de abril de 2021, del deudor Confecciones Noeli, S.L., con C.I.F. núm. B45344470, en el cual se ha acordado lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Estimo el recurso interpuesto contra el auto de fecha 6 de abril de 2021 en el sentido de que procede rectificar el error material advertido en el auto de declaración de concurso de 6 de abril de 2021 en los siguientes términos:

"1) Fundamentos de derecho:

-En el fundamento de derecho sexto se sustituye su contenido por el siguiente:

"Sexto.-Examinada la solicitud y la documentación aportada, en cuanto a las facultades patrimoniales del deudor y como consecuencia de los efectos de la declaración de concurso, se estima conveniente que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad (artículo 106 del TRLC).".

-Se suprime el fundamento de derecho décimo.

3) Parte dispositiva:

-Se suprime el apartado 4

-En el apartado 5, se sustituye su contenido por el siguiente: "Determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor queden intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y/o conformidad "

-Se suprimen los apartados 19 y 20."

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que es firme, y contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión objeto de la reposición al recurrir, si fuera posible, la resolución definitiva (artículo 454 de la LEC).

Toledo, 20 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso José Moreno Moreno.

12-05-2021
A210029859
 
  • Cese de los Administradores
 

Rectificación del edicto de publicado en el BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021, página 23064 y referencia BOE-B-2021-17928, y Registro Público Concursal. CIF corregido)

D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo.1ª.Inst. e Instrucción n.1 de Toledo, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I declaración concurso 0000471 /2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0005927, se ha dictado en fecha siete de abril de dos mil veintiuno Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Confecciones Noeli, S.L., con CIF nº B45344470, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Callejón de Santo Domingo nº 4 Talavera de la Reina (Toledo).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal.. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad KPMG abogados, S.L.P., con C.I.F. núm. B-78503778, con domicilio postal en Paseo de la Castellana 259 C 28046 Madrid, y como persona natural que la representara en su nombre a D. Javier Zuloaga González y dirección electrónica señalada acconfeccionesnoeli@kpmg.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es

Toledo, 5 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Arturo García del Castillo.

14-04-2021
A210022335
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 de Toledo, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000471 /2020 y NIG n.º 45168 41 1 2020 0005927, se ha dictado en fecha siete de abril de dos mil veintiuno Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Confecciones Noeli, S.L., con DNI n.º B45344702, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Callejón de Santo Domingo, n.º 4, Talavera de la Reina (Toledo).

2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad KPMG Abogados, S.L.P., con CIF núm. B-78503778, con domicilio postal en Paseo de la Castellana, 259, C, 28046 Madrid, y como persona natural que la representara en su nombre a D. Javier Zuloaga González y dirección electrónica señalada acconfeccionesnoeli@kpmg.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, ww.publicidadconcursal.es

Toledo, 8 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Arturo García del Castillo.

Síndico / administrador
Síndico:
KPMG ABOGADOS SLP
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
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