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Concurso de acreedores Construcciones Y Obras Publicas Ocaña, Sl

El 01-02-2021, Construcciones Y Obras Publicas Ocaña, Sl, en VALDEMORO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B81335259. La actividad (principal) de Construcciones Y Obras Publicas Ocaña, Sl es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Y Obras Publicas Ocaña, Sl
Localidad:
VALDEMORO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B81335259
Número de insolvencia:
B81335259
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PJ :
DEL DESCUBRIMIENTO DE AMERICA, 2 - BJ 0
28341 VALDEMORO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-02-2021
A210006858
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

D.ª María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35 del TRLC, anuncia:

1.- Que en el concurso voluntario n.º 151/18, por Auto de fecha 01/02/2021, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a CONSTRUCCIONES Y OBRAS PUBLICAS SANFER S.L, con número de CIF B-86136009, domiciliado en Calle Fromista n° 6, 8° A de Fuenlabrada (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal.

4.- La identidad de la Administración Concursal es D.ª Laura Gurrea Martínez, con domicilio a efectos de notificación en la calle Bárbara de Braganza, 11, 3 izquierda, 28004, Madrid, y dirección electrónica lgurrea@dictumabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 5 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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