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Concurso de acreedores terminado Novecento Textil, Sociedad Limitada.

El 01-01-0001, Novecento Textil, Sociedad Limitada., en VALDEPEÑAS (Ciudad Real) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13625322. La actividad (principal) de Novecento Textil, Sociedad Limitada. es industria textil.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Novecento Textil, Sociedad Limitada.
Localidad:
VALDEPEÑAS
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13625322
Número de insolvencia:
B13625322
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MEDIODIA 14
13300 VALDEPEÑAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-01-2021
A210001789
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

Doña María Pilar Sánchez Alarcón, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:

En este órgano judicial se tramita Concurso Abreviado 267/2020, del concursado "Novecento Textil, S.L.", en los que, por resolución de fecha 18 de diciembre de 2020, se ha acordado:

Declarar en situación de concurso a la entidad "Novecento Textil, S.L.", con CIF n.º B13625322, y actual domicilio Valdepeñas, Ciudad Real, toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia actual, todo ello con fecha de retroacción de los efectos de la comunicación de negociaciones presentada en estos juzgados con fecha 12 de junio de 2020, y registrada como CLC 170/2020, con la declaración judicial de la liquidación de la mercantil concursada.

Declarar igualmente la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con declaración judicial de la liquidación de la entidad mercantil concursada quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.

Procede y ordeno la extinción de la mercantil concursada con consiguiente cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil.

Ciudad Real, 18 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Sánchez Alarcón.

Informes
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