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Concurso de acreedores Cool By Ri Sociedad Limitada

El 17-11-2020, Cool By Ri Sociedad Limitada, en LINARES (Jaén) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B23675911. La actividad (principal) de Cool By Ri Sociedad Limitada es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cool By Ri Sociedad Limitada
Localidad:
LINARES
Provincia:
Jaén
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B23675911
Número de insolvencia:
B23675911
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAGASTA 9
23700 LINARES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-05-2021
A210026642
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

EL Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:

1.- Que el procedimiento concursal voluntario abreviado número 442/2020 referente al concursado COOL BY RI, S.L, con Cif. n.º B23675911, se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 28 de junio de 2021, a las 10:00 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2.- Una vez transcurrido el plazo de comunicación de créditos y hasta la fiscalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores si no se hubiesen presentado impugnaciones o, de haberse presentado, hasta la fecha en que se pongan de manifiesto a los acreedores personados en la oficina judicial los textos definitivos de aquellos documentos, el concursado podrá presentar propuesta de convenio ante el Juzgado que tramite el concurso. (art.337).

Cuando el concursado no hubiera mantenido la propuesta anticipada de convenio, el acreedor o los acreedores cuyos créditos, individual o conjuntamente, superen una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva de acreedores podrán presentar propuesta de convenio, dentro del mismo plazo establecido para el concursado en el artículo anterior, ante el juzgado que tramite el concurso. (art. 338). Cuando no se hubieran presentado propuesta o propuestas de convenio conforme a lo establecido en los artículos anteriores, el concursado o el acreedor o acreedores cuyos créditos, individual o conjuntamente, superen una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva de acreedores podrán presentar propuesta de convenio desde la convocatoria de la Junta hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración o, en caso de tramitación escrita, hasta un mes anterior al plazo previsto para la presentación de adhesiones. (art.339).

3.- Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a las propuestas de convenio que se presenten y hayan sido admitidas a trámite, desde que quede de manifiesto en la secretaría del Juzgado el escrito de evaluación favorable sin reservas de la propuesta por la Administración Concursal o desde la notificación del Auto que acuerde la continuación de la tramitación no obstante el informe desfavorable o con reservas de la Administración Concursal, (art.350), y hasta el momento del cierre de la lista de asistentes a la junta, mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado o mediante instrumento público, en que se exprese la adhesión irrevocable, pura y simple a la propuesta, con expresión de la cuantía del crédito o créditos de que fuera titular el acreedor y su clase.

4.- Los acreedores adheridos se tendrán por presentes en la Junta a efectos de quórum y sus adhesiones contarán como voto a favor para el cómputo del resultado de la votación a no ser que asistan a la Junta de acreedores.

5.- Quienes no hayan impugnado en tiempo y forma el inventario o la lista de acreedores no podrán plantear pretensiones de modificación del contenido de estos documentos.

Jaén, 23 de marzo de 2021.- El/la letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.

16-12-2020
A200063253
 
  • Auto de declaración de concurso
 

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Número 4 y de lo Mercantil de Jaén,

Hace saber:

1º.- Que en el procedimiento número 442/2020, con NIG 2305042120200009117 por auto de fecha 17 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso de acreedores al deudor COOL BY RI, S.L., con CIF B23675911 y domicilio en calle Isaac Peral, 21 de Linares (Jaén), cuyo centro de principales intereses lo tiene en la referida localidad.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido: Don Luis Carlos Garcia Romero. D.N.I: 26200713X. Domicilio: Calle Cantabria nº 5, 1º G Jaén.

Dirección de correo electrónico: circularizaciones.auditoresgr@gmail.com

Profesión: Auditor de Cuentas.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y Sede Judicial Electrónica de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.

4º.- Que los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512)

5º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 10 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Martín Cano.

Informes
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