Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Mantenimiento Y Servicios Ocejon Sl.

El 31-08-2020, Mantenimiento Y Servicios Ocejon Sl., en INCA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57863060. La actividad (principal) de Mantenimiento Y Servicios Ocejon Sl. es reparación e instalación de maquinaria y equipo.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mantenimiento Y Servicios Ocejon Sl.
Localidad:
INCA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B57863060
Número de insolvencia:
B57863060
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE JAUME II, 3 - PISO 1 B 0
07300 INCA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-08-2021
BOE-J-2021-73722
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219387

Correo electrónico: mercantil2.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 919/2020

NIG: 0704047120200002865

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 03/08/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se pone de manifiesto el plan de liquidación presentado del deudor MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS OCEJON SL, con CIF B57863060. Los interesados disponen de 15 días para hacer observaciones y propuestas de modificación del mismo.

https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Palma, 4 de agosto de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARGARITA JUAN LOSA

14-10-2020
A200046706
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Margarita Juan Losa, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso abreviado 919/20 y NIG n.º 07040 47 1 2020 0002865 se ha dictado en fecha 31 de agosto de 2020 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mantenimientos y servicios Ocejon, S.L., con CIF b57863060.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

3.º Se ha designado, como administración concursal a D. Carlos Álvarez Fernández, con DNI número 35023003y, con domicilio profesional en C/ Socors, 21 bajo, 07012 de Palma (Mallorca), teléfono 931595100, fax 931595200 y email ecoiurisconcursal@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)

Palma de Mallorca, 8 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca, Margarita Juan Losa.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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