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Concurso de acreedores Montajes Industriales Eos Sa

El 30-06-2020, Montajes Industriales Eos Sa, en TORREJON DE ARDOZ (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A79080669. La actividad (principal) de Montajes Industriales Eos Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Montajes Industriales Eos Sa
Localidad:
TORREJON DE ARDOZ
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A79080669
Número de insolvencia:
A79080669
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CHARCA DE LOS PECES 8
28850 TORREJON DE ARDOZ
Mostrar en tarjeta
-
CL :
NARVAEZ 10
28009 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-07-2021
BOE-J-2021-62226
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 8 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930472

Correo electrónico: oeb3@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 184/2020

NIG: 2807900220190173028

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de la Mercantil Montajes Industriales Eos, S.A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del JuzgadoMercantil nº8 de Madrid,A N U N C I A 1º.- Que en el procedimiento Concurso ordinario 184/2020, referente al concursado MONTAJES INDUSTRIALES EOS SA, con CIF nº A79080669, se ha convocado Junta deacreedores que se celebrará el día 15 de noviembre de 2021 a las 10:30 horas en la Sala deAudiencias de este Juzgado.2ª.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudory los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del totalpasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos de losartículos 354 y ss TRLC.3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en lalista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en laforma prevista en el artículo 363 TRLC.En Madrid, a 22 de julio de 2021.

Madrid, 26 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VERONICA CALVO MORENO

10-07-2020
A200028186
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8, de Madrid,

Hace saber:

1.- Que en el concurso ordinario 184/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0173028, por auto de fecha 30 de junio de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, a MONTAJES INDUSTRIALES EOS, S.A., con n.º de identificación A79080669, y domiciliado en calle Los Peces, n.º 8, de Torrejón de Ardoz

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es GROSSMAN, RODRÍGUEZ-PIÑERO, CONCURSAL, S.L.P., con domicilio postal en Paseo de Extremadura, n.º 254, local 24, 28011 Madrid, tfno 915260032, y dirección electrónica gregorio.mingot@grossman.es ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 30 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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