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Concurso de acreedores Piscicop Sl

El 09-03-2020, Piscicop Sl, en VILLAVICIOSA DE ODON (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B80090335. La actividad (principal) de Piscicop Sl es servicios a edificios y actividades de jardinería.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Piscicop Sl
Localidad:
VILLAVICIOSA DE ODON
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B80090335
Número de insolvencia:
B80090335
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PRINCIPE DE ASTURIAS, 129 - LOC A 0
28670 VILLAVICIOSA DE ODON
Mostrar en tarjeta
-
AV :
PRINCIPE DE ASTURIAS (C C VILLA CENTER) 129
28670 VILLAVICIOSA DE ODON
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-03-2020
A200014133
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 2038/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0222601, por auto de fecha 9 de marzo de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a PISCICOP, S.L., con nº de identificación B80090335, y domiciliado en AVENIDA: Príncipe de Asturias, nº 129 Esc/Piso/Prta: local A 3 y A 4 Escalera Dcha C.P.:28670 Villaviciosa de Odón (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es don JENARO LÓPEZ SUÁREZ, con domicilio profesional en calle Narváez 30-3ºA, y con la dirección de correo electrónico jenarolopez@concursoacreedores.org ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 10 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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