Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Bueno Vallina Sl.

El 17-01-2020, Bueno Vallina Sl., en SAN MARTIN DEL REY AURELIO (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74389735. La actividad (principal) de Bueno Vallina Sl. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bueno Vallina Sl.
Localidad:
SAN MARTIN DEL REY AURELIO
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B74389735
Número de insolvencia:
B74389735
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TORRES QUEVEDO (EL ENTREGO), 12 - PISO 2 B 0
33950 SAN MARTIN DEL REY AURELIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-03-2020
A200015395
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Oviedo, por el presente

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 418/19, siendo el concursado BUENO VALLINA, S.L., el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes, ha dictado Auto en fecha 2 de marzo de 2020, que no es firme, en el que se acuerda declarar el concurso voluntario de BUENO VALLINA, S.L., con CIF: B-74389735, acordando al propio tiempo su conclusión por insuficiencia de masa activa y la extinción de la persona jurídica concursada, no obstante lo cual, quedará responsable del pago de los créditos existentes.

El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación

Oviedo, 2 de marzo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

10-02-2020
A200006595
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 468/19 y NIG 33044 47 1 2019 0000973, siendo la concursada Soraya Bueno Vallina, la Sra. Magistrada Carmen Márquez Jiménez ha dictado Auto en fecha 17/01/20, que no es firme, en el que se acuerda declarar el concurso voluntario de Soraya Bueno Vallina, con NIF 76948754-T, acordando al propio tiempo su conclusión por insuficiencia de masa activa.

Habiendo solicitado el mediador concursal la concesión del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, se hace constar a los acreedores que dispondrán de un plazo de 5 días,a computar desde la publicación de este edicto en el BOE, para que aleguen cuanto estimen oportuno en cuanto a la concesión del expresado beneficio.

El referido Auto indica igualmente que contra dicha resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Oviedo, 21 de enero de 2020.- Letrado de la Administracion de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

Informes
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