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Concurso de acreedores Miguel Angel Saez Sanjuan Y Ana Garcia D

El 28-05-2019, Miguel Angel Saez Sanjuan Y Ana Garcia D, en VIELHA (Lérida) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es E25275603. La actividad (principal) de Miguel Angel Saez Sanjuan Y Ana Garcia D es servicios de comidas y bebidas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Miguel Angel Saez Sanjuan Y Ana Garcia D
Localidad:
VIELHA
Provincia:
Lérida
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
E25275603
Número de insolvencia:
E25275603
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PAS D'ARRO 14
25530 VIELHA
Mostrar en tarjeta
-
AV :
PAS D'ARRO 14
25530 VIELHA E MIJARAN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-06-2019
A190032707
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña FRANCISCA TOMÁS LLAVADOR, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA] - 000185/2019, habiéndose dictado en fecha diez de mayo de dos mil diecinueve por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA GARCÍA y NIF 52634181S.

Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a D. ALBERTO RUÍZ TOMÁS, con domicilio en avenida Marqués de Sotelo, n.º 7, puerta 1, Valencia 46002, y correo electrónico aruiz@legalnotes.es.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de UN MES desde la publicación acordada en el "Boletin Oficial del Estado", puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 28 de mayo de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, Francisca Tomas Llavador.

Informes
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