Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Lar Abogados Slp

El 01-04-2019, Lar Abogados Slp, en VELEZ-MALAGA (Málaga) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92979327. La actividad (principal) de Lar Abogados Slp es actividades jurídicas y de contabilidad.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Lar Abogados Slp
Localidad:
VELEZ-MALAGA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B92979327
Número de insolvencia:
B92979327
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
OLOZAGA, 5 - PLT 3 0
29005 MALAGA
Mostrar en tarjeta
-
UR :
NUEVO BENAJARAFE, S/N - PISO 7 BJ DR 0
29700 VELEZ-MALAGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-04-2019
A190019942
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 607/2018, (NIG: 2906742120180037234) por auto de fecha 1 de abril de 2019 se ha declarado en concurso necesario al deudor LAR ABOGADOS, S.L.P., con CIF B92979327, con domicilio en calle Olozaga número 5, 3ª planta, CP 29005 de Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3º.- Que la Administración concursal la integra Juan Luis Marín López, provisto de DNI 25102222E. Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal Pasaje Compositor Lehmberg Ruiz número 4, Escalera Izquierda, 1.º A (Málaga), CP 29007. Teléfono 952286762. Profesión Abogado y dirección de correo electrónico concursolar@marinyasociados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 9 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

Informes
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