Edicto
Doña Ana Isabel del Pozo Aguilar, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, por el presente,
Hago saber:
1.º- Que en Concurso Voluntario número 830/17 seguido en este órgano judicial se declaró el mismo por Auto de fecha 10 de enero de 2018 y en fecha 26 de noviembre de 2018, Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa de la entidad Consultoría y Patrimonio Peñoncillo, S.L., con CIF B-92691815, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte Dispositiva:
1.- Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de CONSULTORIA Y PATRIMONIO PEÑONCILLO, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Se acuerda la extinción de la sociedad CONSULTORIA Y PATRIMONIO PEÑONCILLO, S.L., debiendo procederse al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Málaga, para lo cual se librará el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución.
Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal don Alberto Fraguas Gutiérrez.
Málaga, 5 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 830/2017, con NIG 2906742120170046666 por auto de 10/01/2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Consultoria y Patrimonio Peñoncillo, S.L., con domicilio en Ur. Lagunda Beach, 12, 29793 Torrox y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/Dª Alberto Fraguas Gutiérrez, con D.N.I. 00677413V y con domicilio en C/ Serrano nº 63, 2º D, 28006 Madrid, de profesión Abogado y con dirección de correo electrónico: alberto@fraguas.eu
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Málaga, 5 de febrero de 2018.- El/la Letrado/a, De la Administración de Justicia.