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Concurso de acreedores Amefhor

El 20-10-2017, Amefhor, en CIEMPOZUELOS (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es G81718108. La actividad (principal) de Amefhor es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Amefhor
Localidad:
CIEMPOZUELOS
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
G81718108
Número de insolvencia:
G81718108
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DEL NOGAL 24
28350 CIEMPOZUELOS
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL HUERTECILLOS (NOGAL) 24
28350 CIEMPOZUELOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-10-2017
A170075905
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

D.ª María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1. Que en el concurso Abreviado 802/2017, por auto de fecha 20/10/2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a ASOCIACIÓN MADRILEÑA DE EMPRESAS FABRICANTES DE HORMIGÓN Y MORTERO, con G-81718108 y domicilio en el Polígono Industrial Los Huertecillos, c/ Nogal, n.º 24, 28350 Ciempozuelos (Madrid).

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4. La identidad de la Administración concursal es D. José Manuel Diaz-Patón Porras, con domicilio profesional en Paseo de la Castellana n.º 170-5º Izquierda, 28046 Madrid, y dirección electrónica paton@legaltrade.net, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 20 de octubre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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