EDICTO
Dña. MarÃa Asunción González ElÃas, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 13/2016 y N.I.G. 26089 42 1 2016 0000120, por auto de fecha 9 de octubre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil RIOJA VID TECNOLOGÃA, con CIF B-26511824, con domicilio social en Calle Monte La Pila, nº 12, PolÃgono Industrial La Variante, Lardero, La Rioja. Asimismo, se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su dÃa por la Administración Concursal de la concursada.
3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurÃdica de RIOJA VID TECNOLOGÃA, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, asà como en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Logroño, 9 de octubre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Dña. María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño anuncia:
1.º Que con fecha 12 de julio de 2016 fue publicada en el BOE número 167, la declaración del concurso voluntario y abreviado de la mercantil RIOJA VID TECNOLOGÍA, S.L.
2.º Que se ha advertido error en el plazo otorgado a los acreedores para comunicar su crédito a la administración concursal siendo el correcto un mes y no diez días.
3.º Los plazos a que deban dar lugar la publicación de la declaración de concurso se computará desde la publicación de la presente corrección de errores sin que ello anule ni invalide las comunicaciones que hayan podido efectuarse desde la publicación ahora corregida.
Logroño, 13 de julio de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
EDICTO
D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 y de lo Mercantil de Logroño, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 13/2016 y NIG nº 26089 42 1 2016 0000120, se ha dictado en fecha 20 de junio de 2016 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor RIOJA VID TECNOLOGÍA, S.L., con CIF nº B26511824, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lardero-La Rioja.
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a SIO 2 ABOGADOS Y ECONOMISTAS, SLP, con domicilio postal en Paseo de la Independencia, nº 32, 3º dcha. de Zaragoza y dirección electrónica señalada concursal@sio-2.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de diez días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.
Logroño, 7 de julio de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.