Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 292/2016 en el que se ha dictado con fecha 22/04/2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Tecnología Contra Incendios Maresme, S.L., con CIF B-66272519, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8009597.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Tecnología Contra Incendios Maresme, S.L. con domicilio en C/ Matas, 88, Nave 1, Tiana (Barcelona).
Administrador concursal: D.ª Elisa Vallle Solano, con domicilio en Rambla Catalunya, 91-93, 4.º, 4.ª, Barcelona 08008, con correo electrónico concursal@igmasa.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art.85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya adoptado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 25 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.