Edicto
D. José Luis Gutiérrez MartÃn, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente hago saber:
1.-Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Construoia Construcción Integral, S.L., con CIF B-36.561.108, con domicilio en c/ La Riña, 126, C.P. 36793, Santa MarÃa de Oia, con los efectos legales inherentes.
2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.-Se acuerde la extinción de la sociedad Construoia Construcción Integral, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Pontevedra, 20 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1. Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º de Sección I Declaración Concurso 0000044/2016 y NIG n.º 36038 47 1 2016 0000069, se ha dictado en fecha 11 de abril de 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario del Deudor Construoia Construcción Integral, S.L., con CIF B-36561108, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle La Riña, 126, CP 36793, Santa María de Oia (Pontevedra).
2. Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la Abogada doña María Isabel Velasco Casal, con domicilio postal en calle Pontevedra, 6, 6.º C, CP 36201 - Vigo, y dirección electrónica señalada isabelvelasco@valvigo.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal publicidadconcursal.es
Pontevedra, 19 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.