EDICTO
Doña Maria de las Nieves Garcia Perez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº1 Santander.
Hago saber:
Que en el procedimiento de referencia concurso 147/2016 se ha acordado por Sentencia de fecha 14 de julio de 2017, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado Tecniambiente Norte S.L CIF B39232392.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Desaprobar la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal, don Carlos MarÃn Pablos.
4. Inhabilitar a los miembros integrantes de la Administración concursal, don Carlos MarÃn Pablos, para ser nombrado en otros concursos durante un periodo de seis meses a contar a partir de la sentencia.
5. Se acuerda el cese de la administración concursal.
6. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
7. Se acuerda la extinción de la persona jurÃdica de Tecniambiente Norte S.L con CIF B39232392 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil correspondiente conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 29 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
MARÍA DE LAS NIEVES GARCÍA PÉREZ SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO MERCANTIL N.º 1 de SANTANDER
Hago saber:
1.º Que en el procedimiento concursal 147/2016, por auto de fecha 11 de abril de 2016 se ha declarado en concurso al deudor TECNIAMBIENTE NORTE, SLU, con C.I.F. número B 39232392, y con domicilio en Polígono Industrial La Yesera, Parcela A-2, 39612 Parbayón (Ayuntamiento de Piélagos).
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5.º Que ha sido designado administrador concursal Don Carlos Marin Pablos, con D.N.I n.º 24.401.934-S,con domicilio profesional en la c/ Comandante Villar n.º 7 Laredo, con n.º de teléfono 944231055, n.º de fax 944230656 y correo electrónico c.marin@euskalnet.net.
Santander, 22 de abril de 2016.- Secretaria Judicial.