Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 820/2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015 0001847 se ha dictado en fecha 1/4/16 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Iniciativas para el desarrollo de Librilla S.L, con C.I.F B-73239238, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plaza Juan Carlos I, 1, Librilla-Murcia-.
2.º-Advertido el error producido en Edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 98, en fecha 23/4/16 mediante el presente Edicto se procede a subsanar el mismo indicando que se ha designado, como Administración concursal a Pedro Antonio López Sola con DNI 22458402Y, domicilio en Plaza de los Apóstoles, 1.º, 3, Escalera 1.ª, 2.º, Pta 2, 30001, Murcia, correo electrónico pedroantoniolopezsola@icamur.org señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos y teléfono 968221923.
En Murcia, a, 28 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 820/2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015 0001847, se ha dictado en fecha 1/4/2016 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Iniciativas para el desarrollo de Librilla S.L, con CIF B-73239238, cuyo centro de intereses principales lo tiene en plaza Juan Carlos I,1, Librilla (Murcia).
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal, con domicilio postal en y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal http://oficinajudicialmurcia.es.
Murcia, 8 de abril de 2016.- La Letrada de la Administracion de Justicia.