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Concurso de acreedores Inversiones Inmobiliarias Pizber Sl

El 28-05-2015, Inversiones Inmobiliarias Pizber Sl, en SEGOVIA (Segovia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SEGOVIA. El número de insolvencia de esta empresa es B40183063. La actividad (principal) de Inversiones Inmobiliarias Pizber Sl es construcción de edificios.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inversiones Inmobiliarias Pizber Sl
Localidad:
SEGOVIA
Provincia:
Segovia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B40183063
Número de insolvencia:
B40183063
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
FERNANDEZ LADREDA 12
40001 SEGOVIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-02-2016
A160003949
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

D. Luis García Aguado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia del número dos de esta ciudad de Segovia y su partido y de lo Mercantil.

En este órgano judicial se tramita Sección Primera Declaración Concurso 0000572/2015, seguido a instancias de Inversiones Inmobiliarias Pizber, S.L., en los que, por resolución de fecha 15 de octubre de 2015, se ha acordado:

Primero.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Inversiones Inmobiliarias Pizber, S.L.

Segundo.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

Tercero.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título tercero de la Ley.

Cuarto.- Se declara disuelta la sociedad concursada, cesando en función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

Quinto.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

Sexo.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Segovia y a los Registros de la Propiedad números uno y tres de Segovia y de Santa María de Nieva (Segovia).

Séptimo.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo improrrogable de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Octavo.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Noveno.- Formar la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163, 1, 2º de la Ley Concursal). Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Segovia, 26 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

26-09-2015
A150040947
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

D. Luis García Aguado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos y Mercantil de Segovia, anuncia:

Primero.- Que en el Sección I y Declaración Concurso 0000572/2015, referente al deudor "Inversiones Inmobiliarias Pizber, S.L.", se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo primero del título cuarto de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184, 3 de la Ley Concursal).

Segovia, 8 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

11-06-2015
A150026971
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis García Aguado, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia del número dos de esta Ciudad de Segovia y su Partido y de lo Mercantil, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración concurso 0000572/2015, se ha dictado en fecha 28 de mayo de 2015, Auto de Declaración de Concurso del deudor Inversiones Inmobiliarias Pizber, S.L., con código de identificación fiscal número B40183063, cuyo centro de intereses principales lo tiene Segovia, avenida Fernández Ladreda, 12.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada. Se ha designado como administración concursal al Abogado don David López Estebaranz, con documento nacional de identidad 03452056D, domiciliado en Segovia, avenida Fernández Ladreda, 25, y correo electrónico david.lopez@jllopezalvarez.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a los previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Segovia, 28 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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