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Concurso de acreedores terminado Suministros Agricolas Hidrobal Sl

El 06-04-2015, Suministros Agricolas Hidrobal Sl, en BALSICAS (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B73271330. La actividad (principal) de Suministros Agricolas Hidrobal Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Suministros Agricolas Hidrobal Sl
Localidad:
BALSICAS
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B73271330
Número de insolvencia:
B73271330
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
NICOLAS DE LAS PEÑAS (PD BALSICAS) 20
30591 BALSICAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-04-2019
A190018896
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la sección quinta
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

Que en la Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000657 /2014 referente al concursado Suministros Agrícolas Hidrobal, S.L., con CIF número B73271330, por auto de fecha 5 de abril de 2019, se ha acordado lo siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Suministros Agrícolas Hidrobal, S.L.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal (artículo 181.3) y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, doy fe."

Murcia, 5 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

29-04-2015
A150015324
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I declaración concurso 0000657/2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 6 de abril de 2015 auto de declaración de concurso voluntario de Suministros Agrícolas Hidrobal, S.L., con CIF B-73271330, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Nicolás de las Peñas, n.º 20, CP 30591 Balsicas (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Alejandro José Ruiz García, Abogado.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Gran Vía, n.º 4, planta 6.ª, Murcia, teléfono 968.214.529, fax 968.216.799.

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: abogados@ajrg.es.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6.º Se hace saber que en lo sucesivo las resoluciones que recaigan en la presente causa, cuya publicación venga prevista en la ley, serán publicadas únicamente en la página web www.oficinajudicialmurcia.es.

Murcia, 13 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.

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