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Concurso de acreedores Ricardo Velasco Santos Sl

El 18-03-2015, Ricardo Velasco Santos Sl, en POSADA (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B33205592. La actividad (principal) de Ricardo Velasco Santos Sl es transporte terrestre y por tubería.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ricardo Velasco Santos Sl
Localidad:
POSADA
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B33205592
Número de insolvencia:
B33205592
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
B (POLIGONO INDUSTRIAL DE ASIPO) 37
33424 POSADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-05-2015
A150022735
 

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que el 22 de abril de 2015 se publicó en este diario edicto anunciando la declaración de concurso de RICARDO VELASCO SANTOS, S.L., con CIF n.º B-33205592. En el referido edicto se recogía como dirección electrónica a la que los acreedores debían efectuar la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, la siguiente: ricardovelascosantos@adcon.es

De conformidad con lo acordado en el procedimiento indicado, mediante resolución de 11 de mayo de 2015 se deja sin efecto dicha dirección electrónica y se señala como nueva dirección electrónica de la Administración Concursal a la que los acreedores deben efectuar la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, la siguiente: ricardovelascosantos@admcon.es

El plazo de un mes, que en el edicto publicado el 22 de abril de 2015 se concede a los acreedores para comunicar sus créditos a la Administración Concursal, comenzará a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 11 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.

22-04-2015
A150015498
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por la presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero 50/15 (NIG 33044 47 1 2015 0000093), el Sr. Magistrado D. Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 18 de marzo de 2015, auto que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Ricardo Velasco Santos, S.L., con CIF n.º B33205592 y domicilio en Polígono de Asipo, parcela 37-A, calle B. Coruño-Llanera.

2.º En dicho procedimiento se ha nombrado como Administración concursal a la Economista doña María Camino Silvan Rodríguez, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el articulo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Quintana, n.º 11, 3-D, 33009 Oviedo, asi como la siguiente dirección electrónica: ricardovelascosantos@adcon.es pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al publico facilitado por la Administración concursal es: Lunes a jueves, de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas, y los viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 7 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.

Informes
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