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Concurso de acreedores terminado Comercial De Dominio Hidraulico S.L.

El 26-02-2015, Comercial De Dominio Hidraulico S.L., en SEVA (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B08786055. La actividad (principal) de Comercial De Dominio Hidraulico S.L. es almacenamiento y actividades anexas al transporte.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Comercial De Dominio Hidraulico S.L.
Localidad:
SEVA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B08786055
Número de insolvencia:
B08786055
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
TONA-VILADRAU (KM 14 5) 0
08553 SEVA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-12-2018
A180073099
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

D. Gaspar Caballero Ochoa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber que: En el concurso ordinario 114/2015 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Comercial del Dominio Hidráulico, S.L., con N.I.F. B08786055, con domicilio en carretera de Seva a Viladrau, km. 14,5, 08553, de Seva.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 L.C.) ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la Sentencia firme de calificación.

Barcelona, 7 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

08-04-2015
A150012806
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 114/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad COMERCIAL DE DOMINIO HIDRÁULICO, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 114/2015 Sección C2.

NIG del procedimiento.- 0801947120158000779.

Entidad concursada.- Comercial de Dominio Hidráulico, S.L., con C.I.F. B-08786055.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 20.02.2015.

Administrador/es concursal/es: D. Josep Capdevila Francàs, con domicilio profesional en c/ Tuset, 34, entlo. D, 08006 Barcelona, número de teléfono 933683139, número de fax 933687345, con dirección electrónica codohi@csm-legalconcursal.com, designado por la sociedad nombrada administradora concursal DSM LEGAL & CONCURSAL, S.L.P.

Facultades del concursado.- Intervenido.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

Informes
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