El 03-10-2014, Cinpa Sa, en PINEDA DE MAR (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A58143074. La actividad (principal) de Cinpa Sa es ingeniería civil.
El concurso ha concluido.
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Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
A58143074
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Conclusión del concurso
Rafael Huerta Garcia, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona,
Hago saber que:
En el Concurso abreviado 729/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de "Cinpa, Sociedad Anónima", con Número de Identificación Fiscal A58143074, con domicilio en Pineda de Mar, 08397, calle Barcelona, números 26-28.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 Ley Concursal), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
En Barcelona, 16 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 729/2014-C en el que se ha dictado con fecha 3 de octubre de 2014 auto declarando en estado de concurso voluntario-abreviado a la empresa Cinpa, Sociedad Anónima, con A-58143074 y domicilio en Pineda de Mar 08397 calle Barcelona 26-28 con sus facultades intervenidas.
Se ha nombrado Administrador Concursal a Laia Folguera Sans a los efectos previstos en el artículo 29.4.6 Ley Concursal, se señala como dirección postal Paseo de Gracia 103, séptima planta 08008 Barcelona, Teléfono 934150088 y como dirección electrónica cinpa@jausaslegal.com
Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada.
Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta.
Dado en Barcelona, 7 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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