D. Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Mercantil número tres con sede en Gijón, por el presente, anuncio:
Que en el Concurso Voluntario Abreviado 334/2014 seguido en este órgano judicial a instancia del procurador D. Víctor Manuel Viñuela Conejo, por auto de 22 de abril de 2016, se ha acordado lo siguiente:
Declarar la conclusión del concurso 334/2015, en el que figuraba como concursada Martínez y Ron Sociedad Limitada con CIF B-33806688 al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado, ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales con créditos con privilegio general, créditos ordinarios y subordinados.
Gijón, 22 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 334/14, Sección I Declaración Concurso Voluntario Abreviado (NIG 33024 47 1 2014/141) se ha dictado, en el día de hoy, Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Martínez y Ron, Sociedad Limitada, CIF B33806688.
2.º Se ha nombrado como Administrador concursal a Dña. Ana Isabel Menéndez del Río la cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos previstos, y con los requisitos recogidos, en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este edicto en el BOE, y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, a su elección en:
Teléfono: 985357970.
Fax: 985344071.
Dirección electrónica: amr1668@colegiados.icagijon.es
Dirección postal: Calle Álvarez Garaya, n.º 7 - 2.º C, 33207 Gijón.
Horario de atención al público: De lunes a jueves, de 17:00 a 20:00 horas.
3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición quedando estas sometidas a la Administración concursal.
Gijón, 24 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.