Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1066/14 por auto de fecha 15/09/14, NIG: 2906742M20140001982, se ha declarado en concurso voluntario al deudor LAS VILLAS DE ANTIKARIA, S.L., y con CIF B- 93106995 domicilio en Antequera (Málaga), carretera de Córdoba núm. 3, centro de principales intereses.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal la integra D. MIGUEL DÍAZ PUCHE, provisto de DNI 33388304-D, que lo hace en representación de la SOCIEDAD DÍAZ PUCHE ABOGADOS, S.L.P., domicilio en Málaga, calle Comedias, núm. 9, planta 5, oficina núm. 4, según escritura pública realizada ante Notario que exhibe y retira, designándose así misma como Administrador Concursal. Tfno.: 952 21 63 30, y con dirección de correo electrónico que designa a los efectos de comunicación de créditos, acantikaria@gmail.com.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 18 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.