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Concurso de acreedores Carpe Servicios Logisticos Sl

El 12-05-2014, Carpe Servicios Logisticos Sl, en EL PLA DE SANTA MARIA (Tarragona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B62840780. La actividad (principal) de Carpe Servicios Logisticos Sl es recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carpe Servicios Logisticos Sl
Localidad:
EL PLA DE SANTA MARIA
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B62840780
Número de insolvencia:
B62840780
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TIVISSA 50
43203 REUS
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL DEL PLA DE SANTA MARIA 0
43810 EL PLA DE SANTA MARIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-05-2014
A140026698
 
  • Auto de declaración de concurso
 

EDICTO

Don Juan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto, doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso n.º 362/14-3, NIG: 4314847120148003271

Fecha del auto de declaración: 12-5-14.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: CARPE SERVICIOS LOGISTICOS, S.L., con domilicio en c/ Tivissa, 50, 43203 Reus (Tarragona), CIF n.º B62840780, representada por la Procuradora Doña M.ª Jesús Muñoz Pérez y bajo la dirección letrada de don José Piñar Moreno.

Administrador concursal: "ESTRUCH CONSULTORES MERCANTILES, S.L.P." con dirección en Valencia, c/ Cirilo Amorós, núm. 42-6º y email " consultoresmercantiles@estruchconsultores.com "

Régimen de las facultades del concursado: Intervención de facultades.

Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la Administración Concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse.

Tarragona, 20 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

Informes
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