Doña LucÃa Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 137/2014 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sr. MARTA PILAR GERONA DEL CAMPO, en nombre de JUATRANSGU, S.L., con CIF B06433494, se ha dictado Auto 212/2017, de fecha 31 de octubre de 2017, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1. Concluir el presente procedimiento concursal JUATRANSGU, S.L. con CIF: B06433494 por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expÃdanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artÃculo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artÃculo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5. Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por Dña. MarÃa Dolores Atanasio Gómez.
Badajoz, 31 de octubre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:
1.- Que en el Sección I, Declaración Concurso 0000137/2014, referente al deudor JUATRANSGU, S.L., con CIF B06433494, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Badajoz, 30 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
QUEDA CONVERTIDA EN INSCRIPCION DEFINITIVA LA PRECEDENTE ANOTACION PREVENTIVA LETRA A, AL HABERSE ACREDITADO FIRMEZA CON FECHA 20/06/2014.-
D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000137/2014, se ha dictado en fecha 23 de Abril de 2014, Auto de declaracion de concurso del deudor Juatransgu, SL, con C.I.F. B06433494, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de Almendralejo, s/n, de Guareña (Badajoz).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a la Sra. Economista, D.ª María Dolores Atanasio Gómez, con N.I.F. 5351611V, con domicilio postal en Villanueva de la Serena (Badajoz), Calle Díaz Hambrona, 34, 1.º, y dirección electrónica dologesproemsa@economistas.org, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirá bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos, tampoco serán tenidas en cuanta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado
Badajoz, 28 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.