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Concurso de acreedores Minorplanet Systems Sa (En Liquidacion)

El 27-01-2005, Minorplanet Systems Sa (En Liquidacion), en LAS ROZAS DE MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A46098521. La actividad (principal) de Minorplanet Systems Sa (En Liquidacion) es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Minorplanet Systems Sa (En Liquidacion)
Localidad:
LAS ROZAS DE MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A46098521
Número de insolvencia:
A46098521
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SIERRA DE CAZORLA, 1 - ED CIMAGA 0
28290 LAS ROZAS DE MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ORENSE 81
28020 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-03-2014
A140012366
 

Juzgado de lo Mercantil n.º 4 Madrid

Edicto

Cédula de Notificación

En autos de juicio Concurso ordinario seguidos en este Juzgado de lo Mercantil de Madrid con el n.º 78/2004 a instancia de D. Julián Javier Roa Plaza y D. Santiago Graña Domínguez contra MINORPLANET SYSTEMS, S.A., se ha dictado sentencia de fecha 1 de febrero de 2013, que contiene el siguiente fallo:

FALLO

Que Debo calificar como culpable el concurso de MINORPLANET SYSTEMS, S.A., y en consecuencia se adoptan los siguientes pronunciamientos:

a) Se determina como personas afectadas por la calificación del concurso a Ramón Leonato Domínguez, Julián Roa Plaza, María Meca Paz y Santiago Graña Domínguez.

b) Se les inhabilita a cinco años para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.

A tal efecto, una vez firme la presente sentencia, líbrense mandamientos a todos los registros públicos donde puede pueda tomarse razón de dicha condena, y en particular al Registro Mercantil, Registro de la Propiedad y Registro Civil.

Y cítese a tal persona para requerirla formalmente, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia grave a la autoridad, sancionado con multa y prisión, para que se abstenga de tal administración o representación durante tal periodo, que computará desde la firmeza de esta sentencia.

c) Se acuerda la pérdida del derecho que como acreedor concursal tenga la persona afectada por la calificación.

d) Se le condena a que abone a los acreedores en concepto de déficit patrimonial, la cantidad que se precise hasta satisfacer el total de los créditos concursales que no resulten satisfechos con ocasión de la liquidación de la masa activa.

No se imponen las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que contra ella cabe interponer recurso de apelación en los cinco días siguientes a su notificación, que se preparará en tal plazo ante este mismo Juzgado.

Así por esta mi sentencia, que dicto, mando y firmo en el día de su fecha, de la cual se dejará testimonio en los autos de su razón, llevándose su original al libro correspondiente.

Y para que sirva de notificación a D. Ramón Leonato Domínguez, en paradero desconocido, expido la presente.

Madrid, 19 de febrero de 2013.- El/la Secretario.

27-01-2005
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
SE DECLARA EN CONCURSO NECESARIO. SE SUSPENDE EL EJERCICIO POR LA SOCIEDAD DE LAS FACULTADES DE ADMINSITRACION Y DISPOSICION DE SU PATRIMONIO SIENDO SUSTITUIDO POR LOS ADMINISTRADORES CONCURSALES.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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