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Concurso de acreedores Tecmon Ferroviaria Sll

El 21-11-2013, Tecmon Ferroviaria Sll, en MONTMELO (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B62883863. La actividad (principal) de Tecmon Ferroviaria Sll es otras industrias manufactureras.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tecmon Ferroviaria Sll
Localidad:
MONTMELO
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B62883863
Número de insolvencia:
B62883863
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ROCA PLANA 3
08110 MONTCADA I REIXAC
Mostrar en tarjeta
-
PJ :
DEL CRIADERO (POL IND SOTA EL MOLI) 3
08160 MONTMELO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-02-2014
A140003953
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8005773 y número 697/2013 A, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 21 de noviembre de 2013 de Tecmon Ferroviaria, Sociedad Limitada Laboral con CIF número B62883863 y domicilio en Pasaje del Criadero, 3, nave 3 (Polígono Industrial Sota el Molí) Montmeló, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don Francisco Javier Martínez Plaza, con domicilio en Rambla de Catalunya, número 75, 3, 1, código postal 08007 Barcelona y correo electrónico javiermartinez@icab.es

Conforme a los dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Rambla Catalunya, número 75, 3, 1 código postal 08007 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 22 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

Informes
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