Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 706/13, de Velasco Grupo Empresarial, S.L., en el que recayó Auto de fecha 30 de julio de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
" 1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal.
2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio del auto de declaración de concurso y de esta resolución.
3.- Se acuerda conforme al art. 111.2 de la Ley Concursal la tramitación escrita del convenio, y conforme al art. 115 bis de dicha Ley se fija como fecha límite para la presentación de adhesiones o votos en contra a las distintas propuestas de convenio, el plazo de dos meses contados desde la fecha del presente auto.
Solo se podrán presentar propuestas de convenio conforme al art. 113.2 de la L.C. hasta un mes anterior al vencimiento del plazo previsto en el apartado anterior.
4.- Desde que quede de manifiesto el escrito de evaluación en la oficina judicial, se admitirán adhesiones o votos en contra de acreedores a la nueva propuesta de convenio hasta la conclusión del plazo previsto en el apartado anterior. Las adhesiones deberán emitirse en la forma prevista en el art. 103 de la Ley Concursal"
Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente, en
Madrid, 31 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid,
Hago saber: Que en el procedimiento concursal n.º 706/13 del deudor Velasco Grupo Empresarial, S.L., C.I.F. n.º B-84958594, se ha presentado el informe de la administración concursal.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.
Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de Abogado y Procurador. En la demanda de incidente concursal y contestación a la misma, si las partes quieren que se celebre vista necesariamente deberán justificar la pertinencia y utilidad de los medios de prueba propuestos.
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 23 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 706/13, en el que recayó Auto de fecha 9 de diciembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se declara en Concurso Voluntario a Velasco Grupo Empresarial, S.L. con C.I.F. B-84958594".
"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor".
"Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal Perna Ferrandiz, S.L.P. y en su nombre y representación Don Carlos Ferrandiz Gabriel, mediante comunicación dirigida a Gran Vía, n.º 57, 4.º izqda., 28013 Madrid, o por correo electrónico a administracionconcursal@perna-ferrandiz.com, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado."
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 12 de diciembre de 2013.- Secretaria Judicial.