
Un acreedor se opuso porque el deudor y su hermano negociaron la venta de una finca de sus padres ocultando al comprador que el padre exigía un préstamo bancario previo y que la madre, copropietaria, no había autorizado la operación. Aun así recibieron varias cantidades de dinero.
El tribunal subraya que este precepto opera con independencia de la calificación del concurso: un concurso fortuito no garantiza la exoneración si la deuda se originó sin buena fe.