
Según la resolución, existían ejecuciones contra la concursada desde 2009 y su insolvencia databa de 2006, por lo que no logró desvirtuar la presunción de dolo o culpa grave por incumplir el deber de solicitar el concurso a tiempo.
La sentencia aclara que la calificación culpable no decide aún sobre la exoneración del pasivo insatisfecho. Será el juzgado quien valore después si, al derivar la culpabilidad solo del retraso, aplica la excepción del artículo 487.3 TRLC según las circunstancias concretas.