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El Supremo avala los pagos con fondos ICO previos al concurso y descarta su rescisión

El Supremo avala los pagos con fondos ICO previos al concurso y descarta su rescisión

Por: Cuatrecasas14 oct 2026
El Tribunal Supremo, en sentencias de julio y septiembre de 2026, rechaza rescindir los pagos que una sociedad hizo a dos bancos con financiación avalada por el ICO seis meses antes de su concurso. Confirma así la decisión de la Audiencia Provincial de Pontevedra.

La deudora había cancelado pólizas de crédito, confirming y comex con fondos ICO. El Mercantil estimó las acciones de la administración concursal, pero la Audiencia las revocó.

El Supremo señala que lo impugnado son pagos, no la refinanciación; que el aval del ICO no supone sacrificio patrimonial para la concursada; que pagar deuda vencida no perjudica a la masa, sin circunstancias excepcionales; y que los pagos por confirming son de deudas vencidas.