
Un contrato al que ha tenido acceso la fuente promete un 12% anual, con prórroga de tres meses y un 1% mensual de recargo. Otras cláusulas condicionan la devolución a la venta del inmueble y prevén que la vivienda pase al prestamista, pacto que el Código Civil prohíbe.
Al no existir escritura ni inscripción registral, ante un concurso el inversor sería acreedor común. Además, firma la filial AM Proyecto Two SXXI SL, no la matriz.