
En su auto, el magistrado instó a los administradores concursales a reactivar lo antes posible el plan de liquidación original.
La declaración de nulidad no supone dilatación del procedimiento, puesto que el Magistrado insta en el Auto a la Administración Concursal para que en el plazo de un día presente escrito con el fin de que se reactive el proceso de venta", dijo una nota de prensa del juzgado mercantil.